Tuesday 6 july 2010 2 06 /07 /Jul /2010 12:57

modelo-130.jpg

 

  Se ha modificado la deducción de los 400 euros en el IRPF para los rendimientos del trabajo y actividades económicas, de manera que sólo se puede aplicar para las bases imponibles inferiores a 12.000 euros.

Para el caso de la aplicación de la deducción de los 400 euros en los rendimientos del trabajo, podemos usar el programa creado por hacienda para dicho cálculo, pero para el caso de los pagos fraccionados de IRPF de actividades económicas en el modelo 130 131 el cálculo se realizará aplicando las siguientes reglas:


En primer lugar, tenemos que calcular el rendimiento neto de la actividad del primer trimestre, anualizamos multiplicando por 4 dicha cantidad . Si la cantidad resultante anual es superior a 12.000 euros anuales, no aplicaremos la deducción y si es inferior, aplicaremos la escala regresiva que define el Art 80 bis de la LIRPF.

El método para elevar al año, se realiza tanto en estimación directa como en el cálculo del módulo trimestral en estimación objetiva. Para todos los casos, si en el transcurso del ejercicio, excedemos el límite de 12.000 euros, dejaremos de aplicar la deducción.

Consejo:

  Al ser un método ambiguo la mejor solución por la que podemos optar es por no aplicar esta deducción en principio y esperar al cálculo definitivo de la declaración del IRPF para ajustar los importes reales de ingresos y la deducción correspondiente

Por Finangest SP Alcossebre
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